Ley de seguridad ciudadana, ¿protección o represión?

El 1 de julio entra en vigor la conocida ‘Ley Mordaza’ en España

España es paradójica. Cuando esta semana se han cumplido justo 10 años desde que se permitieron los matrimonios homosexuales, sumándose a una corriente de derechos individuales,  que pocos países habían permitido por ley, España lideró, en su día, un cambio de garantías personales. Sin embargo, hoy, España da un paso atrás en cuanto a libertad ciudadana, ya que el 1 de julio entra en vigor la Ley de Protección para la Seguridad Ciudadana, también conocida como ‘Ley Mordaza’, afectando a muchos terrenos, pero el que más nos incumbe es el del cultivo y consumo de marihuana, un paso atrás, en comparación con otros países y/o estados americanos.

Ley Mordaza
Ley Mordaza

El boceto de la nueva era del prohibicionismo está planteado en España, pero hasta el 1 de julio no tomará forma legal, con la instauración de la ‘Ley Mordaza’. Las sociedades tienden a evolucionar en temas de garantías individuales, salvo en dictaduras. Y España, regida por una democracia, parece una dictadura encubierta, donde los individuos perdemos derechos fundamentales, como son las manifestaciones.

Nosotros no vamos a valorar todos los códigos legales modificados que van a entrar en vigor, vamos hablar únicamente de los dos puntos centrales que afectan a nuestra pasión cannábica.

Posesión de cannabis

Las sanciones por portar cannabis o consumirla en la vía pública están entre 601 y 30.000 euros, según el párrafo 16 del artículo 36. En este caso, solo aparece aplicable la reincidencia para que la multa supere el grado mínimo, castigado con hasta 10.400 euros.

El artículo 20 de la Ley  permitirá que se hagan registros corporales aunque los agentes del orden no tengan evidencias  de que se haya consumado un delito. Es decir, si les da la gana, te acabarán cacheando.

Cultivo de marihuana

El cultivo del cannabis continúa siendo sancionable, lo único que han cambiado han sido las vías de las mismas, en vez de vía administrativa se hará por vía penal. Por lo que dispone el párrafo 18 del artículo 36 de la nueva ley : “La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal.” (art. 36.18.)

Esto no quiere decir que porque no vean tus plantas en el balcón, terraza, cultivo indoor significa que estás libre de sanciones: en caso de un registro, una denuncia vecinal, serás sancionado por vía penal.  Incluso puedes llegar a ser denunciado por narcotráfico.

La policía tendrá poder de decisión sobre las sanciones a imponer, y para recurrirlas habrá que pagar las tasas judiciales, cuya cantidad dependerá de la multa impuesta.

Legalidad en otros países

Hay países donde el tratamiento legal de la marihuana es más flexible. Hay ejemplos diversos y os pedimos que si tenéis información adicional sobre alguna de estas zonas, o si hemos pasado por alto algún lugar interesante en el panorama cannábico, no dudéis en contárnoslo. Podéis leer en nuestro blog, un artículo sobre ello.

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